Área de Industria y Energía
Delegación del Gobierno en Andalucía
Plaza de España- Torre Norte
Sevilla 41013
D. ___________________ con D.N.I. nº ___________ en representación
de ___________ y/o en nombre propio con domicilio a efectos de notificaciones
en _____________ de _______________________.
Ante V.I. comparece y,
EXPONE:
PRIMERO
Que mediante el anuncio publicado en el Boletín Oficial de
la Provincia de Sevilla de 25 de Octubre de 2002, se somete a información
pública proyecto de explotación y el estudio de impacto
ambiental de la actividad minera, en el término municipal de
Monesterio (Badajoz), denominada "Agua Blanca", en la zona
de reserva a favor del Estado denominada "La Monaguera",
"La Monaguera II" y "La Remonta", comprendida
en las provincias de Badajoz, Huelva y Sevilla, por 30 días
hábiles.
SEGUNDO
Que, en el plazo legalmente establecido, deseo formular en relación
con dicho proyecto las siguientes
ALEGACIONES:
Introducción:
1.- Consideramos el estudio de Impacto Ambiental totalmente carente
de rigor y poco fundamentado porque como se verá en nuestras
alegaciones, se omiten pensamos que puede ser intencionadamente o
lo que es peor por falta de capacidad y/o dedicación de las
personas que lo han elaborado, muchos datos sustanciales para poder
evaluar el proyecto lo que lo invalida en su totalidad. El inventario
ambiental no se corresponde con lo que existe en el lugar y figuran
especies que no existen en el lugar ni a muchos kilómetros
de distancia y faltan aquellas que más importancia tienen por
encontrarse protegidas por la legislación vigente.
2.- Consideramos que las sugerencias que realizaron algunas asociaciones
no se han tenido en cuenta sobre todo en los aspectos más relevantes,
como la opción elegida, medidas correctoras, inventario ambiental,....
3.- El proyecto resuelve sólo una pequeña parte en nuestra
opinión insignificante de los aspectos particulares, en absoluto
como dice la empresa NORCONTROL muchos de los aspectos particulares
expresados en la contestación por asociaciones enviadas al
proyecto inicial.
4.- En cuanto a los puntos que se relacionan que se supone resumen
esquemáticamente las contestaciones recibidas y como se han
tenido en cuenta y siguiendo el orden en que los justifica la empresa
deseamos manifestar:
a) El análisis de alternativas que se ha realizado en el apartado
7.2.2. del EIA es claramente insuficiente y no se comprende que a
la vista de la gran cantidad de concesiones mineras que tiene la empresa
sólo se haya ofrecido una alternativa de corta teniendo 95
reservas mineras definitivas que equivalen a unas 2850 hectáreas,
la posesión de estas reservas no autoriza a presentar estudios
de impacto ambiental sin alternativas sobre emplazamiento. Además
no se toma en consideración la alternativa de explotación
en galería aduciendo argumentos sin justificarlos ni demostrarlos
y no presentando siquiera plano de esta opción a nuestro entender
menos impactante.
b) En cuanto al proceso químico se encuentra insuficientemente
explicado siendo uno de los aspectos que mayor impacto puede causar
ante un hipotética filtración, rotura de balsa o vertido
de reactivos, sólo se citan algunos reactivos solubles (no
todos) y suspensiones pero sin indicar ni siquiera los reactivos líquidos
y floculantes que se piensa utilizar
c) El análisis de las afecciones al dominio hidraúlico
es muy superficial y erróneo, si bien ya no se afecta el tramo
del arroyo Culebrín que en la memoria resumen se desviaba,
ahora se afecta a dos arroyos tributarios con una importante representación
de tamujares (Securinega tinctorea) protegidos por la directiva de
habitats. No que se haya previsto que ocurrirá con las aguas
que no puedan seguir su curso, lo cual puede afectar gravemente a
la balsa pudiendo provocar su rotura. En cuanto a su reducción
no sabemos porque se produce dado que el volumen de mineral a tratar
y las condiciones climáticas son las mismas que en la memoria.
En cuanto a la impermeabilización no se entiende que quiere
decir con adecuado nivel de impermeabilización, esta debería
ser total y no sólo en el murete sino en toda la balsa ya que
el riesgo de contaminación parece grave, en todo caso para
la construcción de la balsa no se ha tenido en cuenta la presencia
de calizas que hacen que el riesgo de vertidos sea muy grande. Las
balsas de lixiviados tampoco aparecen adecuadamente impermeabilizadas
pese a encontrarse muy próximas al río Cala y los sedimentos
que se producen en esta balsa una vez analizados al igual que los
de la balsa de "estériles" presumiblemente serán
residuos tóxicos nocivos y peligrosos por lo que deberán
enviarse a una planta de almacenamiento de este tipo de residuos.
En todo caso todas estas balsas deberán estar totalmente valladas
para impedir el acceso incluso aéreo de la fauna que pueda
envenenarse en ellas y que en este caso puede afectar a especies en
peligro de extinción como la Cigüeña Negra. Este
estudio no evalúa el impacto de la balsa que se pretende construir
en el arroyo Helechoso con un gran valor ambiental y presencia de
especies amenazadas y que impedirá el movimiento de la fauna
piscícola.
d) La afirmación que hace el estudio de que no se afectará
al agua que abastece al Real de la Jara es gratuita por cuanto las
balsas al no ser totalmente impermeables podrán filtrar sustancias
contaminantes y el riesgo de rotura no es en absoluto desdeñable.
e) En cuanto a las afecciones al paisaje estas son notables y serán
observables incluso desde la población del Real de la Jara
desde la cual es visible la mina, el análisis de las afecciones
al paisaje no es en absoluto exhaustivo y pretende confundir al lector
encubriendo la afección real que es muy importante.
f) Las afecciones a la vegetación no son las que se indica
en el estudio, ya que para empezar no se han reflejado muchas de las
especies existentes, sobre todo las de mayor valor en conservación
y las medidas correctoras no compensarán el arranque de árboles
centenarios y especies amenazadas o protegidas por legislación
nacional y comunitaria que no están suficientemente estudiadas
y catalogadas en la zona como se verá. Una muestra de lo mal
que está hecho el estudio es que se omiten especies abundantes
en la zona como el tamujo, las orquídeas,... más adelante
se relacionan algunas de ellas.
g) El análisis de afecciones a la fauna no es en absoluto detallado
y se puede calificar de chapucero al incluir especies que no existen
en el lugar ni a cientos de kilómetros a la redonda como el
armiño o el tritón palmeado y se omiten especies muy
importantes presentes en la zona y protegidas como la Cigüeña
Negra, Nutria, Águila Imperial, .... La identificación
de impactos saca unas conclusiones erróneas afirmando que los
animales pueden emigrar lo cual es absurdo por cuanto se elimina la
fuente de alimentación que constituye el hábitat que
se destruye, como reconoce el propio estudio.
h) Realmente es asombroso que se diga que se hace un análisis
detallado de los impactos sobre las Vías Pecuarias y no se
hable de las que existen en el emplazamiento de la propia mina. Todo
ello para ocultar que la mina destruye irremediablemente casi 4 Km.
de la V. P. Cordel de Almadén a Sevilla con 36 mtrs legales
de anchura y afecta también a la Vereda de los Contrabandistas
que se ve afectado por el cruce con uno de los accesos a la mina.
i) La prospección arqueológica es claramente insuficiente
y no está contrastada como se verá.
j) Las repercusiones de los tendidos eléctricos no contempla
su impacto visual y sobre la fauna y estos en todo caso dado la presencia
de especies como Águila Imperial, Buitre Negro, Cigüeña
Negra y Águila perdicera deberían ser subterráneos
y eliminados al finalizar la explotación
k) Las medidas correctoras son claramente insuficientes tanto para
los productos contaminantes que se pueden utilizar y generar como
para las afecciones a fauna y flora que se han infravalorado.
l) El plan de restauración no ha atendido a las sugerencias
realizadas a la memoria resumen y no queda claro el trasplante de
la vegetación que no está presupuestado, ni el vallado
(que deberá retirarse tras la descontaminación) de las
balsas contaminantes para evitar el accesos de la fauna durante la
explotación, ni el traslado de las sustancias contaminantes
a un vertedero, ni la restauración de las balsas. Sus cálculos
de coste están muy alejados de lo realmente necesario. No incluye
el desmontaje de las instalaciones y su traslado a plantas de reciclaje
o vertederos. Para este plan sería necesario que la empresa
depositara tal y como requiere la legislación a la explotaciones
a cielo abierto una Fianza , que consideramos tendrá que ser
mucho más alta que los costes previstos por la empresa para
el plan de restauración.
m) El Plan de Seguimiento y vigilancia es muy escaso y poco adecuado
no prevé situaciones de emergencia ante la rotura de una balsa,
ni tal y como figuraba en algunas sugerencias a la memoria-resumen
estaciones automáticas de medición de contaminantes
en el río Cala y en la planta para detectar fugas, filtraciones
y conocer en todo momento el contenido de las balsas.
n) El estudio omite reflejar la existencia de dos Parque Naturales
El Sierra Norte de Sevilla y el De Aracena y Picos de Aroche, ambos
situados a muy escasa distancia de la mina.
Analizando con más detalle el estudio de impacto ambiental
también tenemos que alegar:
- LEGISLACIÓN AUTONÓMICA.
No ha tenido en cuenta los catálogos regionales de especies
amenazadas, en peligro de extinción... Teniendo en cuenta el
traspaso de competencias autonómicas en materia de medio ambiente.
Este hecho invalida totalmente las conclusiones a las que se llega
en la valoración final del estudiode impacto ambiental. También
hay que decir que puesto que parte de la zona afectada como es la
Rivera de Cala, es límite compartido de las comunidades autonómicas
de Extremadura y Andalucía, también habría que
haber tenido en cuenta los catálogos y legislación en
materia de medio ambiente de la comunidad autonómica de Andalucía.
- LEGISLACIÓN LOCAL.
No tiene en ningún momento en cuenta las normas subsidiarias
de la población. Teniendo en cuenta que la zona donde se va
a realizar el proyecto es suelo no urbanizable y no se contempla en
ningún caso construcción ni instalaciones en dicho lugar,
creemos necesario la realización de un plan especial de la
zona.
SUPERFICIE A OCUPAR.
Las superficies a ocupar por el proyecto minero que se nombrán
en el presente estudio son incongruentes y contradictorias con la
alternativa elegida, puesto que deja de nombrar zonas afectadas por
las siguientes instalaciones: Embalse y balsa de agua fresca, balsa
de inertes, instalaciones de planta, caminos de accesos, balsas de
recogidas de lixiviados de las escombreras, posible ampliación
de las escombreras... no nombran de manera concreta las escombreras
existiendo contradiciones puesto que no se describen la superficie
a ocupar respecto a la alternativa elegida. Refiriéndose en
todo caso a la alternativa 3 en vez de la 4 que es la elegida.
Una vez analizado deducimos que dicho proyecto representa una grave
amenaza para los recursos y valores ambientales de Sierra Morena y
la comarca de Tentudía, ya que conllevará la destrucción
de más de 350 Hectáreas de monte mediterráneo
en magnífico estado de conservación. El estudio contempla
la realización de una explotación minera a cielo abierto
con unas 28'6 Ha. de las que será extraído material
hasta realizar una cavidad de unos 350 m de profundidad en la zona
central. Generará escombreras de una superficie de más
de 100 Ha. y de una altura superior a los 40m., moviendo más
de 40 millones de metros cúbicos de material. Además
se construirán tres balsas de productos altamente contaminantes
que ocuparan más de 90 Ha. de superficie. Se construirán
edificios, caminos, una presa, tendidos eléctricos, etc.
ALTERNATIVAS.
En primer lugar realiza afirmaciones, sin rebatir ni discutir científicamente
hechos como que la corta diseñada no tiene alternativas, sin
ni siquiera debatir una optimización de la profundidad de corta
con los costes económicos, ambientales...
- Alternativa 2.
Resulta preocupante el hecho de que la empresa haya despachado y rechazado
la alternativa de minería subterránea en menos de medio
folio. Sin ni siquiera presentar planos con diseños de la explotación
subterránea, estudios económicos, estudios de seguridad,
estudios ambientales... lo que demuestra la poca seriedad del proyecto
de impacto ambiental, ya que esto indica que realmente no se ha tenido
en cuenta esta alternativa y se parte inamoviblemente de la alternativa
de minería a cielo abierto. Realizando por tanto aseveraciones
sin aportar datos ni estudios y saltándose a la torera la forma
y objetivo del impacto ambiental.
- Alternativa 4(la elegida).
Se realiza una disminución de la superficie de las escombreras
respecto al proyecto presentado a información ambiental sin
hacer ninguna aclaración respecto a como se produce esta disminución,
puesto que en ningún momento se habla de que se vaya a extraer
mineral a menos profundidad de la dicha(350 metros), ni que se vaya
a aumentar la altura de las escombreras. Tampoco dice en base a que,
han disminuido las necesidades de superficie de la balsa de inertes.
Tampoco aclara como se recogen los lixiviados de la escombrera más
situada al oeste y lindando con la ribera del Culebrín.
En todo caso ninguna de las alternativas contempla posibilidades
diferentes como por ejemplo el tratamiento de las rocas extraídas
en un lugar diferente al emplazamiento de la corta, la reutilización
de las rocas extraídas(con lo que se reduciría la superficie
de las escombreras), el reciclaje de los lodos que se depositan en
la balsa de inertes, el renunciar a extraer todo el mineral reduciéndose
la profundidad de extracción de 350 metros de profundidad a
menos(optimizando costes de extracción, costes de tratamiento
y venta, impacto ambiental, ocupación de territorio de las
escombreras...). Tampoco da alternativas a los trazados de los accesos
desde la N-630 y el camino del Real de la Jara. Ni para la instalación
del pantano de agua fresca.
- Ley del Mineral.
Las leyes minerales 0,65% de Níquel según dice el
estudio parecen muy ajustadas y los vaivenes del mercado pueden poner
en peligro la viabilidad de la explotación, ante lo cual habría
que prever que la fianza que debe depositar la empresa cubra desmontaje
de las instalaciones, traslado a plantas de reciclaje o vertederos,
restauración ambiental, traslado de residuos químicos,
vigilancia ambiental,...
- Caracterización de vertidos.
En ningún momento caracteriza de ninguna forma los vertidos
a la balsa de estériles, calificándolos como elementos
inertes sin ningún peligro cuando parte del mineral a extraer
procede de asociaciones químicas con el arsénico y otros
metales pesados de gran poder contaminante. Por tanto el proyecto
elude caracterizar químicamente los lodos a verter a la balsa
de estériles dada la peligrosidad de su composición
y no ofrece alternativas de tratamiento, ni métodos de neutralización
de esos compuestos. Dada la composición claramente tóxica
y peligrosa de estos residuos a los que la empresa quiere llamar inertes,
deberían de ser tratados por tanto como residuos tóxicos
y peligrosos. Para el diseño de la balsa no ofrece datos de
calculo clarificadores de si de algún modo se puede llegar
a la saturación de la balsa y producirse un episodio de contaminación,
no estudiándose convenientemente los datos de la microcuenca
que supone la balsa.
En cuanto a que el vertido será cero, la empresa realiza afirmaciones
gratuitas sin ni siquiera ofrecer datos de la permeabilidad del suelo.
Intenta solucionar la producción de lixiviados con balsas de
captación de estos, sin presentar datos del porque de su diseño
y tamaño, ni del estudio del punto de saturación de
estas y de los riesgos de rotura y vertido.
HIDROGEOLOGÍA.
En el estudio se señala que no existe en la zona ningún
acuífero ni puntos de interés hidrogeológico,
cuando más adelante habla de un acuífero kárstico
de carácter libre y que a nivel local puede encontrarse confinado.
Sin embargo dada la característica caliza de la zona y los
antecedentes del lugar donde se encuentran grandes parcelas de huertas
antiguas alimentadas por norias y pozos, no realiza un estudio adecuado
global sobre la zona y si pudiera haber algún acuífero
local. Negándolo sin más, a pesar de existir evidencias.
HIDROLOGÍA SUPERFICIAL.
Dice el proyecto que no se verá afectado ningún arroyo
de la zona, sin embargo no realiza un estudio de los arroyos tributarios
del río Culebrín que tienen bastante importancia y que
van a ser tapados por la construcción de la balsa de estériles(lodos
tóxicos). Ni siquiera hace un estudio de la microcuenca que
supone la balsa con más de 100 ha. de superficie y los cálculos
para evitar un posible desbordamiento.
Tampoco deja una distancia de seguridad entre la ubicación
de las escombreras y otras instalaciones y los ríos-arroyos
de la zona.
Por otro lado tampoco da alternativas a la ubicación del dique
de agua fresca en el arroyo Helechoso y no hace una evaluación
del impacto de cada alternativa, ni de cada tamaño. Ni un estudio
de impacto ambiental concreto sobre esta instalación que destruirá
una formación de tamujar(Securinega tinctoria) de gran valor
ambiental y protegido por la directiva hábitats. Tampoco propone
otras alternativas como solicitar permiso para extraer agua directamente
del pantano del romeral. Hay que tener en cuenta que la construcción
de esta nuevo pantano ocuparía cerca de las 24 hectáreas.
IMPACTO HIDROLÓGICO E HIDROQUÍMICO
1 : REFERENTE A LOS DEFECTOS EN LA DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA
HIDROGEOLÓGICO
La correcta evaluación de los impactos previsibles de los
proyectos con repercusiones ambientales negativas, tanto los efectivos
o reales como los de creación de riesgos inexistentes, exige
una suficiente caracterización de los diferentes sistemas que
conforman el medio. En una primera observación debemos hacer
notar que los datos del inventario que se presenta en el EIA de la
proyectada explotación minera de Aguablanca adolecen de la
descripción de determinadas características hidrológicas
de la zona afectada que son de especial interés para la predicción
y corrección de posibles impactos y riesgos asociables al proyecto.
Huelga decir que los recursos hídricos son de primordial importancia
para el desarrollo futuro y la calidad ambiental de la comarca y de
la región natural afectada Dadas las características
del proyecto minero de Aguablanca y la experiencia histórica
del desarrollo de la explotación de sulfuros en esta cuenca
minera, son de temer diversas incidencias en el medio hidrológico
que, eventualmente, pueden afectar con mayor o menor gravedad a las
aguas, tanto las superficiales como las subterráneas:
1.1.- DEFECTOS CRÍTICOS EN LA DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA
HIDROLÓGICO SUPERFICIAL Y DE SUS POSIBLES INTERACCIONES CON
DETERMINADOS ELEMENTOS DEL COMPLEJO MINERO PROYECTADO
Diversas acciones del proyecto minero de Aguablanca interfieren
notablemente con el drenaje superficial, tanto desde el punto de vista
de la alteración de las líneas y los caudales del drenaje
como desde el punto de vista de la calidad del agua.
El capítulo 8 EIA de la explotación de Aguablanca (INVENTARIO)
proporciona ciertos datos de la cuenca de las riveras del Cala y de
Huelva que tienen interés para el caso, como es el hecho de
que el terreno afectado por el proyecto minero tributa aguas al embalse
del Gergal. No merece la atención del EIA la utilización
para abastecimientos urbanos de esta agua embalsada. Tampoco menciona
que la ribera de Huelva transcurre por los términos municipales
de Guillena y de La Algaba y Santiponce, siendo utilizadas sus aguas
para la agricultura de regadío en dichas localidades.
Encontramos además una total ausencia de datos sobre la hidrología
superficial aguas arriba de las zonas alteradas por diversos elementos
de la proyectada explotación minera de Aguablanca, siendo de
especial interés el estudio de los sectores del drenaje superficial
que eventualmente pueden interactuar con escombreras, balsas y el
dique para agua fresca produciendo efectos ambientales negativos o
riesgos innecesarios
(Como ejemplo indicativo de lo antes señalado hemos de señalar
que en su momento hicimos notar entre a la empresa entre los diversos
errores hidrológicos, a propósito del estudio informativo
previo, el corte del drenaje del arroyo de Aguablanca, de hacerse
la escombrera sur tal como se proyectaba en la ahora denominada "alternativa
3" del EIA al que aquí alegamos y que, por cierto, sorprendentemente
continua figurando nada menos que en el plano de restauración
de EIA como si fuera la solución finalmente adoptada, mientras
que finalmente se ha optado por respetar un corredor sin descargas
de estériles a través de la escombrera norte para permitir
el curso de dicho arroyo; y aumenta aún la estrañeza
que nos produce el hecho de que esta corrección derivada quizá
de las observaciones realizadas por Ecologistas en Acción al
estudio previo ni siquiera figure entre las "CONSIDERACIONES
DERIVADAS A LAS CONSULTAS A LA MEMORIA RESUMEN DEL PROYECTO"
del EIA que se incluyen previas al EIA. Sin embargo algunas de las
observaciones de bulto que señalamos más abajo no han
sido aún tenidas en cuenta para la redacción del EIA.
Este dato señala una razón más por las que deducimos
que la empresa actúa con malicia introduciendo incomprensibles
errores de bulto para luego, graciosamente, proceder a corregirlos,
como si se tratara de correcciones bienintencionadas).
Efectivamente, entre los graves defectos que vemos que persisten en
la descripción del sistema hidrológico superficial del
EIA y que eventualmente pueden inducir a inducir errores, impactos
y/o riesgos importantes, pese a que ya se habían señalado
algunos de ellos, hemos de mencionar los siguientes:
1.1.1.- La llamada "balsa de decantación" que se
localiza en el sector norte del complejo se sitúa sobre el
sector terminal de dos cuencas tributarias de sendos arroyos estacionales,
sin que se caracterice en ningún lugar del EIA ni la extensión
de sus respectivas cuencas tributarias, ni los caudales punta que
pueden presentar, ni la velocidad o energía que se pueden desarrollarse
en eventuales episodios de lluvias intensas. Hemos de hacer notar
que en una somera inspección de campo hemos encontrado en ambos
arroyos fehacientes marcas (como la retención de arrastres
de ramas sobre los matorrales asentados en diferentes tramos del cauce)
de las ultimas avenidas que han soportan estos arroyos y que estas
marcas implican en algunos tramos secciones de riada mayores de tres
metros cuadrados asociados a considerables pendientes en el cauce,
lo que da idea de los caudales y energías cinéticas
que pueden alcanzar estos arroyos. Dado el tamaño de la balsa
(superior a 100 Has, con dique de hasta 50 metros de alzado y longitud
próxima a un Km) y su potencial peligrosidad de vertido accidental
fuertemente contaminante, sin que hayamos encontrado además
mención del posible impacto que puede producir ni prevención
ni corrección alguna para dicha eventualidad, queda de manifiesto
la irresponsabilidad técnica y ambiental que la empresa pone
en práctica con este proyecto.
1.1.2. - Para el proyectado "embalse de agua fresca", que
se quiere asentar en el arroyo Helechoso no se presenta dato alguno
de cuenca ni de caudales previstos, ni se señalan los mecanismos
ni los protocolos de mantenimiento para asegurar su correcto funcionamiento.
Tampoco se señalan las cotas previstas para el embalsamiento,
ni caudales previstos para el consumo de la instalación, ni
las características de la infraestructura para el bombeo y
trasvase de agua. Este embalse, aparte de la inaceptable y no declarada
transformación de hábitats protegidos que supone (tamujares
incluidos en la Directiva de Habitats) es una muestra más de
la política de improvisaciones arriesgadas de la empresa.
1.1.3. - Las balsas de lixiviados anejas escombrera sur no garantizan
mínimamente la recogida de la totalidad de los lixiviados que
se produzcan en las escombreras del complejo, ni muestran una relación
coherente con el curso del arroyo de Aguablanca ni con la topografía
de la zona
1.2.- DEFECTOS EN LA DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA HIDROLÓGICO
SUBTERRÁNEO Y EN SUS POSIBLES INTERACCIONES CON DIFERENTES
ELEMENTOS DEL COMPEJO MINERO
Hemos de señalar que, a pesar de que en el punto 8.2.3 HIDROGEOLOGÍA
del inventario ambiental y en otros esquemas geológicos de
dicho inventario se señala la distribución de las formaciones
carbonatadas de la zona, miembro constituyente de un acuífero
kárstico incluido en la U.H. 05.45 de Sierra Morena, se indica
erróneamente que "en la zona no se encuentran surgencias
de agua" Sencillamente, en el EIA no se ha presentado inventario
alguno de puntos de surgencia natural o por extracción, ni
se ha presentado valoraciones piezométricas y de recarga y
descarga alguna, a pesar de que las labores de investigación
han de haber incluido las pesquisas correspondientes, al ser estos
datos de gran importancia, tanto para el proyecto técnico como
para la evaluación ambiental. No cabe la menor duda de que
la empresa dispone de los necesarios sondeos y estudios geofísicos
que permiten una buena caracterización del freático
en relación con las acciones de la explotación proyectada.
Hemos de señalar que basta una somera inspección de
campo para constatar que en las calizas de la zona afectada directamente
por el proyecto minero y en sus aledaños existen manantiales
manantiales como el de la huerta de Aguablanca, así como norias
y pozos artesanos indicativos del nivel piezométrico (ver foto
aneja).
Por otra parte no se señala en el EIA el hecho de que una parte
significativa de diferentes elementos del complejo (balsa de decantación,
escombreras y corta) afectan a las calizas permeables del miembro
de Aguablanca de la U.H. 05.45, y en consecuencia no se señalan
los riesgos de infiltraciones contaminantes y de posibles afecciones
de la corta sobre la circulación y el nivel freático
1.3.- IRRACIONALIDAD DE LA UBICACIÓN DE LA BALSA DE DECANTACIÓN
Y DE LA ESCOMBRERA NORTE , LA ASENTARSE SOBRE TERRENOS CALIZOS KARSTIFICADOS,
EXISTIENDO EN LA RESERVA SOBRADAS POSIBILIDADES DE UBICACIÓN
MÁS RACIONAL EN TERRENOS PLUTÓNICOSDE MAYOR IMPERMEABILDAD.
En la fase informativa algunas asociaciones como Ecologistas en
Acción de Extremadura indicaron a la empresa la problemática
que planteaba la extensión del complejo hacia la zona norte
del yacimiento de Aguablanca, debido al afloramiento de capas de calizas
cámbricas karstificadas. Se ha hecho caso omiso, sin que ni
siquiera se mencione la observación realizada. La abundancia
de terrenos impermeables en la reserva minera señala la actitud
poco colaboradora de la empresa a la hora de prevenir los impactos
ambientales y la preponderancia que da a sus intereses económicos
y de autorización administrativa. Se solicita que la empresa
tenga en cuenta estas observaciones como dato importante a la hora
de decidir las alternativas viables
2: DEFECTOS EN LA DESCRIPCIÓN DEL MEDIO SÍSMICO Y A
SUS IMPLICACIONES EN LO REFERENTE A LA SEGURIDAD AMBIENTAL DE LA EXPLOTACIÓN
Dadas las características de la balsa de decantación,
cuyo dique es de gran tamaño y de materiales sueltos, el riesgo
de contaminación química de largo alcance que comporta
dicha balsa se proyecta se puede incrementar debido al riesgo sísmico.
Sin embargo en ningún punto del inventario se caracteriza la
sismicidad de la zona, lo cual remarca las deficiencias de previsión
de este EIA.
3: REFERENTE A LAS CONDICIONES QUE SE MANIFIESTAN PARA GARANTIZAR
EL "VERTIDO CERO"
Hemos señalado anteriormente notorias deficiencias en la
caracterización hidrológica realizada en el inventario
y en la valoración de impactos que, unidas a insuficientes
medidas de impermeabilización y de seguridad de las balsas
de decantación y de lixiviados de escombreras y a una inadecuada
distribución de los diferentes elementos del complejo con respecto
a las formaciones calizas de la zona, impiden que se acepte como plausible
las condiciones de vertido cero que la empresa preconiza en el EIA
con tanta seguridad.
4: INEXISTENCIA EN EL E.I.A. DE ESTUDIO HIDROGEOLÓGICO ADECUADO
A LAS CARACTERÍSTICAS DE LA EXPLOTACIÓN PROYECTADA
Las características y dimensiones del proyecto, el asiento
de estructuras susceptibles de producir contaminación freática
y fluvial y las dimensiones y localización de la corta proyectada
obligan, de acuerdo con la legislación vigente, a exponer un
estudio hidrogeológico detallado y un análisis de las
posibles repercusiones sobre el sistema hidrológico para practicas
reglamentaria y responsablemente la Evaluación de Impacto Ambiental
de la explotación minera a cielo abierto de los sulfuros de
Aguablanca.
CLIMA Y SUELOS.
Consideramos que los datos aportados son insuficientes y que no están
contrastados con otros autores y metodologías.
- MEDIO BIÓTICO
El estudio realizado es claramente insuficiente, contradictorio e
incluso en algunos aspectos malintencionados para conseguir que los
resultados del Estudio de Impacto Ambiental sean acordes con los resultados
deseados por la empresa, es decir, se pretende ocultar la existencia
de especies declaradas en peligro de Extinción, vulnerables
y protegidas por legislaciones autonómicas, estatales y/o de
la Comunidad Europea, pese al conocimiento de la legislación
vigente que se encuentra enumerada en su mayor parte en el Estudio
de Impacto Ambiental.
Entre los defectos, errores y omisiones observadas y siguiendo el
orden en que aparecen en el Estudio observamos:
1.- Las visitas realizadas a lo largo de los 8 meses que cita debieron
ser de una duración muy breve y realizadas por personas sin
preparación adecuada a la vista de los resultados, en todo
caso es claramente insuficiente. El calendario de trabajo presentado
no cubre todo el ciclo anual de las especies, además presenta
falsedades muy graves y evidentes como decir que no se han observado
especies amenazadas, vulnerables o protegidas cuando muchas especies
protegidas y algunas vulnerables figuran en los listados que comienzan
en la página 68. Esta información consideramos es muy
grave ya que intenta ocultar la calidad ambiental del lugar y cambiar
las conclusiones del estudio de impacto ambiental que en caso de haberse
realizado correctamente indicaría que el impacto ambiental
es crítico para las especies amenazadas.
2.- El estudio de la vegetación no se ha realizado adecuadamente
no se ha catalogado la vegetación real suficientemente, no
se han señalado las zonas con las diferentes series de vegetación.
El estudio tiende a infravalorar creemos que intencionadamente la
calidad ambiental y la biodiversidad vegetal del área de estudio.
No da cifras sobre la fracción de cabida cubierta de la vegetación
arbustiva y arbórea, no presenta fotos aéreas, no zonifica
la vegetación según la exposición (solana, umbría).
Con todo esto en nuestra opinión pretende eludir la enumeración
de formaciones vegetales importantes protegidas por la directiva de
hábitats como encinares esclerófilos, encinares basófilos,
acebuchares coscojares, quejigares, tamujares,... tampoco incluye
muchas de las especies presentes algunas protegidas y que serán
afectadas por este proyecto como el tamujo (Securinega tinctorea),
existentes en los arroyos que se encuentran dentro del espacio que
ocuparán las dos balsas (de "estériles" y
de agua limpia).
La formación de bosques de ribera según lo citado en
el estudio es muy interesante con la presencia como cita el estudio
en la página 65 de Alisos (Alnus sp. ) protegido por
En cuanto a los autores utilizados para la detección de las
formaciones vegetales el estudio sólo utiliza un autor cuya
metodología está en desuso y desfasada y no contrasta
por tanto la vegetación con otros autores más utilizados
actualmente como Rivas-Godoy y Rivas-Martínez.
En la vegetación real no nombra las siguientes especies presentes
en la zona:
- Cistus ladanifer, Genista hirsuta, Lavandula stoechas subsp. Sampaiana,
Astragalus lusitanicus, Poa bulbosa, Trifolium glomeratum, Trifolium
subterraneum, Bellis annua, Bellis perennis, Erodium botrys, Poetalia
bulbosae, Pyrus bourgeana, Arbutus unedo, Daphne gnidium, Teucrium
fruticams, Erica arborea, Phillyrea angustifolia, Adenocarpus telonensis,
Halimium ocymoides, Quercus coccifera, Paeonia broteroi, Cytisus multiflorus,
Cistus salvifolius, Cistus crispus, Cistus monspeliensis, Cistus albidus,
Rosmarinus officinalis, Phlomis purpurea, Pistacia lentiscus, Pistacia
terebinthus, Rhamnus lycioides, Rhamnus alaternus, Olea europaea sylvestris,
Bryonia dioica, Tamus communis, Aristolochia palida subsp. Castellana,
Armeria genesiana subsp. Belmonteae, Serapias pérez chiscanoi,
Armeria capitella, Delphinium fissum subsp. Sordidum, Centaurea cordubensis,
Linaria intricata, Lavandula viridis.
-FAUNA
1.- El inventario de fauna realizado es muy deficiente, las visitas
realizadas son claramente insuficientes y además en el cronograma
indica que no se han observado especies amenazadas, protegidas o en
peligro de extinción cuando existen muchas, algunas de ellas
incluso enumeradas en su estudio como Buitre Negro, Águila
Perdicera Águila Real, Búho Real, Azor, Águila
Culebrera,... Pero además existen en la zona especies que no
cita y que en nuestras sugerencias al proyecto inicial explicitamos
como son la Cigüeña Negra que se reproduce en las proximidades
y se alimenta en alguna de las zonas que ocupa la mina, que también
podrían ser zona de potencial nidificación. Tampoco
se dice nada en el estudio en relación con el Lince Ibérico
que según Rodríguez y Delibes utilizarían esta
zona como corredor, también el Águila Imperial tiene
población nidificante relativamente cerca por lo que podría
ser área de dispersión de la misma lo cuál se
sabría si el estudio de Impacto Ambiental se hubiese hecho
adecuadamente y no basado simplemente en las referencias bibliográficas
que han interesado al promotor.
2.- Aún diciendo en el estudio que se ha considerado un radio
de 2 kilómetros no refleja que en la zona existen espacios
protegidos como son el Parque Natural de Sierra Norte de Sevilla (
a unos 400 metros) , Parque Natural de Sierra de Aracena y Picos de
Aroche en Huelva ( a unos 100 metros), que también son ZEPAs
y LICs, además la ribera de Cala esta declarada Aguas de Importancia
Comunitaria para la Ictiofauna Indígena Europea amparada en
la directiva Habitats. E incluso en el P.O.R.N. Está declarado
como Zona de Reserva, propuesto para la Red Natura 2000 y junto a
todos la zona de Sierra Morena Andaluza para ser declarado Reserva
de la Biosfera. Nos parece una omisión muy grave e injustificada,
con vistas a infravalorar los valores naturales de la zona, que de
no ser por la circunstancia de tratarse de límites administrativos
estaría incluido. Esta omisión es claramente consciente
por cuanto en la foto que aparece en la página 8 del plan de
restauración se puede leer en la esquina inferior derecha "Parque
natural Sierra Norte" es decir, se conoce perfectamente que la
ribera del Cala se encuentra dentro de un parque natural y se intenta
ocultar
3.- Una muestra más de lo poco rigurosos de este estudio de
Impacto ambiental es la ausencia de Bibliografía y estudios
regionales y locales, así como el hecho de que en ningún
momento hace referencia a los catálogos regionales de especies
amenazadas ni a la legislación autonómica.
4.- No índica los métodos y metodología empleados
para la observación y conteo de peces y anfibios de una manera
precisa, como podrían haber sido la pesca eléctrica
y los transectos nocturnos, pero esto no es lo más grave sino
que cita especies que no existen en el lugar como la trucha común
(Salmo trutta), Black bass (Micropterus salmoides), y no aclara la
existencia de especies catalogadas y otras no, como el barbo comizo(Barbus
comiza), jarabugo(Anaecypris hispanica), barbo gitano(Barbus sclateri),
Calandino(Tropidophoxinellus alburnoides), Fraile(Blennius fluviatilis),
Chondrostoma polylepis, Rutilus alburnoides y la Colmilleja común
(Cobitis maroccana). Intentando de nuevo restar valores naturales
a la zona. En cuanto a los reptiles y anfibios que se encuentran todos
protegidos por la legislación, de los pocos que cita que sin
duda parecen haber sido copiados de otro estudio realizado en una
zona más norteña del país aparece el tritón
palmeado(Triturus helveticus ) que hasta el día de hoy que
se sepa no existe en estado silvestre en ningún sitio de toda
la Comunidad Autónoma Extremeña, sin embargo no cita
muchas de las variadas especies de herpetofauna existentes como el
Sapo Partero Ibérico(Alytes cisternasii), Sapillo Pintojo(Discoglossus
galganoi), Sapo Corredor(Bufo calamita ), Sapo de Espuelas(Pelobates
cultripes), Ranita Meridional(Hyla meridionalis), Salamandra Común(Salamandra
salamandra), Tritón Ibérico(Triturus boscai), Tritón
Jaspeado(Triturus marmoratus), Gallipato(Pleurodeles waltl), Galápago
Europeo(Emys orbicularis), Galápago Leproso(Mauremys caspica),
Salamanquesa común(Tarentola mauritanica), Salamanquesa rosada(Hemidactylus
turcicus), lagarto verdinegro(Lacerta schreiberi), lagartija ibérica(Podarcis
hispanica), Eslizón tridáctilo(Chalcides chalcides),
Culebrilla ciega(Blanus cinereus), Culebra viperina(Natrix maura),
Culebra de Herradura(Coluber hippocrepis), Víbora hocicuda(Vipera
latastei).
5.- En cuanto a los mamíferos se vuelva a comprobar que este
estudio es una burda copia de otro proyecto de otra área presumiblemente
del norte de España diciendo que existen en la zona especies
que no se encuentran Extremadura como el Armiño (Mustela erminea),
y elude especies como el Lince Ibérico (Lynx pardinus) declarado
en Peligro de Extinción y que parece utilizar la zona al menos
como corredor, u otras especies presentes habitualmente como el gato
montés ( Felix sylvestris), meloncillo (Herpetes icneumon),
murciélago grande de herradura, turón, o especies tan
abundantes como la liebre.
6.- En las aves se echa en falta especies en peligro de Extinción
como la Cigüeña negra que se reproduce a muy poca distancia
de la corta de la mina. El águila imperial que utiliza esta
zona como cazadero procedente de zonas del Parque Natural Sierra Norte
de Sevilla y como zona de dispersión. Otras especies que no
nombra el inventario son: cormoranes, garza real, garcilla bueyera,
esmerejón, alcotán...
No se ha reflejado la presencia de especies catalogadas como en peligro
de extinción que son las más importantes a considerar
en un estudio de este tipo como la Cigüeña Negra cuya
presencia es prácticamente continua en la época estival
con la existencia de nidos a poca distancia, siendo la zona objeto
de la actuación hábitat de alimentación y posible
nidificación de la misma. Así mismo la zona es utilizada
por estas especies para las concentraciones postnupciales donde se
han llegado a contar más de doce parejas.
Finalmente hemos de decir que en ningún momento el inventario
ha hecho referencia a la legislación autonómica ni a
los catálogos regionales, en especial al Decreto 37/2001 de
6 de marzo por el que se regula el catálogo regional de Especies
Amenazadas de Extremadura. Por lo cual este inventario se descalifica
por si sólo y es totalmente rechazable.
ELEMENTOS PROTEGIDOS Y ESPACIOS NATURALES AFECTABLES POR EL PROYECTO
En el punto 8.3.3(inventario: ELEMENTOS Y ESPACIOS NATURALES) se
menciona la ley 8/1998 de 26 de junio, de la Comunidad Autónoma
de Extramadura y la existencia en las Provincias de Cáceres
y de Badajoz de un total de 13 Espacios Naturales Protegidos, el más
próximo de los cuales es el Monumento Natural de la Mina de
La Jayona, en el término municipal de Fuente del Arco. Sin
embargo no se menciona el hecho más relevante a la hora de
valorar las posibles afecciones del proyecto de Aguablanca a Espacios
Naturales Protegidos, que naturalmente es que tanto el Parque Natural
de Sierra Norte de Sevilla como el Parque Natural de Aracena y Sierra
de Aroche son COLINDANTES con las actuaciones de dicho proyecto de
explotación minera. Se sale de toda lógica, siendo una
de las muchas carencias del EIA que ponen de manifiesto la malicia
de la empresa promotora de la mina a la hora de conseguir autorización
por parte de las autoridades ambientales, el que no se mencionen estos
dos significativos Espacios Naturales Protegidos, que son precisamente
los amenazados. La legislación estatal obliga a tener en cuenta
este hecho, por más que las afecciones sean intercomunitarias.
Las afecciones plausibles a dichos Espacios Naturales incluyen diferentes
impactos ambientales a diferentes sistemas ambientales objeto de protección.
Por lo tanto es necesario exigir, además de su correcta inclusión
en el inventario ambiental del EIA, un análisis pormenorizado
y específico de las afecciones concretas que sobre dichos Parques
Naturales se producirán, así como las correcciones y
la vigilancia ambiental continuada que habría de conllevar
el desarrollo del proyecto con respecto a la conservación de
dichos Espacios protegidos. Se da la circunstancia, adicional de que
ambos parques naturales colindan entre si y con la rivera del Cala,
hecho que enfoca o vierte las afecciones principales hacia este valle
agravándolas y alterando una parte sustancial de ambos Parques
Naturales.
Observando la fotografía que el plan de restauración
presenta en su página 8 se observa un cartel indicativo de
una ruta de la rivera de Cala en su parte inferior derecha se puede
leer "Parque Natural Sierra Norte", lo cual indica que los
redactores del proyecto eran conocedores de esta circunstancia y sin
embargo la han omitido malintencionadamente.
VÍAS PECUARIAS.
En cuanto a las Vías Pecuarias el estudio de Impacto Ambiental
sigue teniendo las mismas carencias que ponen evidencia y es un total
desconocimiento de la realidaddel lugar. De este modo se vuelve a
ocultar la existencia de Vías pecuarias de importancia en la
zona y solamente presente un mapa copiado de la Junta de Extremadura
donde se hace referencia a las grandes Cañadas reales en color
rojo y en negro sólo se ve el resto de Vías Pecuarias,
a las cuales los autores no hacen caso, diciendo que no existen vías
pecuarias en la zona. Y he aquí un gran error puesto que no
presentan la clasificación de Vías Pecuarias del Municipio
que data de 1960 y los mapas que existen desde principios del siglo
XIX. Inclusive en los mapas topográficos 1:25000 puede verse
claramente estas VP. Todo ello para ocultar que la mina destruye irremediablemente
casi 3 Km. de la V. P. Cordel de Almadén a Sevilla con 36 mtrs
legales de anchura y afecta también a la Vereda de los Contrabandistas
que se ve afectado por el cruce con uno de los accesos a la mina.
Y que por tanto y dada la legislación estatal de Vías
Pecuarias y el Reglamento autonómico este tipo de afección
debe venir precedida por un deslinde previo y la creación de
una alternativa a esta Vía Pecuaria.
El PAISAJE Y EL IMPACTO PAISAJÍSTICO
1.- SOBRE LOS DEFECTOS EN LA DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA PAISAJÍSTICO:
La descripción del sistema paisajístico que se practica
en el EIA es fundamental para la valoración de las afecciones
que ha de recibir el mismo si se desarrolla la explotación
prevista. Son diversos y notables las deficiencias que hemos observados
tanto en el capítulo 8 (INVENTARIO AMBIENTAL) como en los capítulos
9 (IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS) y 10 (PREVENCIÓN
Y CORRECCIÓN DE IMPACTOS). Dichas deficiencias, contra las
que alegamos pormenorizadamente más abajo, inhabilitan las
cualidades analíticas que debe poseer de acuerdo con la legislación
vigente el E.I.A. para una instalación minera de las características,
dimensiones y gravedad de las repercusiones esperables de la explotación
denominada "Aguablanca"
1.1: DEFECTOS EN LA DESCRIPCIÓN DE LA GEOMORFOLOGÍA
DEL TERRENO AFECTABLE POR LA EXPLOTACIÓN PROYECTADA:
En el punto 8.2.2 GEOMORFOLOGÍA del EIA se pretende dar referencia,
en un escaso centenar de palabras y en un esquema cartográfico
de escasísima calidad y escala inadecuada (próxima a
1:2.000.000), las características geomrfológicas desde
las de Extramadura hasta las de la zona afectada por la explotación
de Aguablanca. Es muy notorio que la descripción es insuficiente
para los fines descriptivos que se requieren para este tipo de explotación,
dada las dimensiones y la estructura de la explotación proyectada,
especialmente en lo que se refiere a la zona de explotación
y a su ámbito local y comarcal. Concretamente para dicha zona
de explotación se limita a señalar lo siguiente:
"En la zona de explotación, el cerro de Aguablanca consta
de suaves pendientes en la ladera Sur, intensificándose en
la zona Norte sin llegar a alcanzar en ningún caso las del
cerro de Santa María (pico más alto de la zona)"
Salta a la vista la grave insuficiencia de dicha descripción
geomorfológica si se ha de comprender el contexto de la zona
afectada, toda vez que no hace mínimas referencias al conjunto
de los elementos geomorfológicos más próximos
e importantes ni a la zona afectada directamente por la explotación,
es decir la corta, las escombreras, las balsas, etc.
Así, no se describe en absoluto la peculiar morfología
comarcal, sus cerros testigos del relieve terciario (y reductos edáficos
de esa era). Tampoco el singular conjunto de cerros constituido por
los tres picos (Aguablanca, Santa Marta y Helechoso) y los valles
encajados (codo de las riveras de Cala, junta del Culebrín
y del Helechoso) en la zona este de la explotación afectada.
No se menciona, asimismo, el marcado carácter del escenario
serrano de este entorno, situado entre resaltes de dirección
herciniana tan típicos y dominantes del relieve y la hidrología
a lo largo de Sierra Morena, ignorando la relevancia en la zona tienen
las sierras de Machado, El Castillo, San Roque y El Pimpollar. No
se describe tampoco el escenario morfológico de los valles
del Cala, Culebrín y Helechoso, que debe considerarse relevante
para una descripción adecuada del medio afectado.
Al intenso laconismo descriptivo de las características geomorfológicas
de la zona afectada, que de tan mínimo en el inventario no
describe prácticamente nada, se une la inexistencia en el EIA
de los necesarios esquemas topográficos y de escalas convenientes,
para comprender la morfología del terreno. Los únicos
mapas que tendrían escala adecuada para entender la topografía
original de la zona de explotación los encontramos en otros
capítulos, no en el inventario, y tienen la representación
de la topografía original ocultada por superposición
de las instalaciones (y estas sin el levantamiento topográfico
previsto). A estos defectos se añade el fortísimo error
de incluir como plano de restauración una alternativa de instalaciones
que no es la elegida en el propio EIA, más en este caso si
se incluye la acotación de las estructuras previstas ( dadas
las fuertes afecciones que conlleva el proyecto de Aguablanca y los
errores de bulto que hemos observado tanto en el estudio informativo
como en el EIA, tendemos a pensar que se trata de una estrategia para
desvirtuar la Evaluación de Impacto Ambiental ofreciendo irrelevantes
modificaciones)
Resulta evidente por lo antes expuesto que en el EIA no se valoran
con suficiencia las características geomorfológicas
del terreno afectado ni las repercusiones que se asocian al proyecto,
lo cual inhabilita el análisis de las repercusiones ambientales
que la ley señala para los proyectos de esta naturaleza. Por
todo lo anterior solicitamos que se corrijan convenientemente estos
defectos del inventario y se proceda en consecuencia a realizar una
evaluación más ajustada de los impactos que presumiblemente
produciría el proyecto minero..
1.2: DEFECTOS EN LA VALORACIÓN DE LA INTERVISIBILIDAD ASOCIADA
A LAS ACTUACIONES DEL PROYECTO Y DE LA REDUCIDA EXTENSIÓN DE
LA ZONA EN LA QUE SE ESTUDIA EL PAISAJE AFECTADO.
La zona de estudio en el inventario (punto 8.4.2 METODOLOGÍA),
en lo que se refiere a las cualidades paisajísticas, es extremadamente
pequeña (un radio de 2 km desde el centro de la explotación,
teniendo sus instalaciones de escombrera, corta y balsas de decantación
más de 3 km de norte a sur y más de 1 km de este a oeste).
Debido a lo anterior el EIA no tiene en cuenta las graves afecciones
visuales que resultarían del desarrollo de un proyecto de las
dimensiones y morfología del de Aguablanca, tanto en lo que
se refiere a panorámicas desvirtuadas como en lo que se refiere
a las alteraciones visuales desde vías de comunicación
(como la carretera de Santa Olalla del Cala a El Real de la Jara),
zonas de ocio y turismo (vecina zona de baños de la Rivera
del Cala, Castillos de Santa Olalla y de El Real de la Jara), y poblaciones
(gran parte de la población de Santa Olalla).
La dimensiones del complejo minero de Aguablanca suponen extensiones
horizontales kilométicas de escombreras y muros de balsa con
alzados que alcanzan los 70 metros en terraplenes a las que se asocian
tanto una fuerte distorsión de las formas onduladas como de
los colores y texturas propios del entorno (de difícilísima
amortiguación mediante revegetación, dadas las desfavorables
características del estéril de la mina y de la vegetación
autóctona)
En el de EIA se practica una valoración muy inadecuada de la
cuenca visual, sin la necesaria determinación de su extensión
superficial y reduciendo indebidamente de la cuenca visual potencial
por efecto de ocultación que ejercería el arbolado (no
resiste, ni mínimamente, la comparación del alzado de
terraplenes de escombreras con el alzado y la distribución
del encinar).
Lo anterior cual invalida dicha descripción a la hora de evaluar
las afecciones al paisaje, por lo que pedimos que se reformule el
estudio del paisaje en el EIA para poder valorar adecuadamente las
afecciones visuales que conlleva un proyecto de las características
del de Aguablanca.
1.3: DEFECTOS EN LA VALORACIÓN DE LA CALIDAD VISUAL
El paisaje en la zona se presenta con características y elementos
que configuran la imagen tradicional del sur de Extremadura y noroeste
de Andalucía, constituyendose en una zona de especial relevancia
por sus características geomorfológicas y de especial
situación de conservación del ecosistema forestal y
pecuario característico, en el ámbito de Sierra Morena.
Esto viene remarcado, además, por que el entorno paisajístico
de Aguablanca forma parte sustancial de dos Espacios Naturales Protegidos
y por la evidente importancia del corredor de la Vía de La
Plata, incluyéndose en este corredor CN-630
En el punto 8.4.3 (CALIDAD VISUAL) del EIA se practica una valoración
numérica de la calidad visual del entorno de Aguablanca en
el que se une al limitadísimo espacio estudiado (2 km desde
el centro de la explotación) la utilización de baremos
solo adecuados para paisajes exóticos (método del U.S.D.A.
Forest Service) invalidables para las características propias
del entorno de las sierras mariánicas. Y con esta inadecuada
metodología de valoración de la calidad visual se hacen
además unas puntuaciones subjetivas y depreciativas de cualidades
que se deberían haber puntuado mejor, como son:
color (se valora con la puntuación mínima como de muy
poca variación o contraste, colores apagados No se tiene en
cuenta el mosaico abigarrado que ofrecen los diferentes estados de
la vegetación de los encinares y matorrales mediterráneos
y de las tierras rojas de calizas)
morfología, que no tiene en cuenta el rasgo geomorfológico
singular que, en el contexto comarcal, brinda al entorno el vallonado
de Cala-Culebrín-Helechoso contorneando a los cerros de Santa
Marta, Aguablanca y Helechoso (la morfología singular, en el
contexto marianense, que presentan los cerros y llanadas terciarios
de la comarca de Santa Olalla del Cala la hemos mencionado en estas
alegaciones en el punto referido a defectos en la descripción
de la geomorfología que presenta el inventario del EIA).
De esta forma queda recortada la puntuación final hasta colocar
la zona estudiada por ligeramente por debajo de la clase A (de mayor
calidad visual), que sería la que hubiera correspondido a la
zona, aún con lo inadecuado de la metodología utilizada.
Por lo tanto parece necesario que se revise la valoración
de la calidad visual de la zona afectada por el proyecto para, utilizando
una metodología más adecuada a las características
del entorno regional marianense y criterios de valoración mas
ajustados a la indudable calidad visual del entorno de Aguablanca,
se valore su adecuadamente la calidad visual, a efectos de ser tenido
en cuenta en lo que se refiere a las graves afecciones paisajísticas
que conllevaría el complejo minero de Aguablanca.
1.4: DEFECTOS EN LA VALORACIÓN DE LA FRAGILIDAD VISUAL
Hemos señalado, a propósito de los defectos que hemos
observado en cuanto a metodología del estudio paisajístico
del inventario del EIA de Aguablanca, que la extensión de la
zona estudiada es extremadamente pequeña, teniendo en cuenta
las dimensiones del proyecto minero que se pretende evaluar. A lo
anterior hemos otras deficiencias metodológicas como son:
- Una deficiente explicación de los criterios efectivos (es
decir los extraídos realmente del entorno estudiado) que se
han puesto en juego para la valoración de la fragilidad visual
mediante la aplicación del método de TETLOW que se practica
(punto 8.4.4).
- Una deficiente identificación de pautas de distribución,
que quedan determinadas en 8.4.4, erróneamente a nuestro entender,
como de gran contraste.
- La ausencia efectiva (por más que en 8.4.2 se mencione su
concurrencia necesaria en el análisis visual) de consideración
en inventario de la cuenca visual asociada a la explotación.
- Una inadecuada descripción de dicha cuenca visual, sin la
necesaria determinación superficial y con una absurda reducción,
en el capítulo 9 de la cuenca visual potencial por efecto de
la ocultación que ejercería el arbolado
- La ausencia en el punto 9 de referencias comparativas con el inventario
practicado de las características de las actuaciones distorsionantes
de la imagen visual determinadas por las acciones del proyecto
Son pues muchos y graves los defectos en la valoración de la
fragilidad visual asociada al proyecto. El proyecto de Aguablanca,
por sus características, supone una fuerte alteración
paisajística difícilmente amortiguable y con indeseables
consecuencias, tanto transitorias como permanentes. Una adecuada valoración
de la fragilidad en el inventario ambiental es esencial para la posterior
determinación de los impactos inflingidos sobre el paisaje
y para la previsión de posibles correcciones. Bajo nuestro
punto de vista en el inventario ambiental se determina indebidamente
que la fragilidad visual es baja, cuando la realidad del entorno nos
lleva a afirmar que es al menos moderada Por lo tanto solicitamos
la revisión de este punto del EIA, de forma que se realice
un mejor ajuste a la realidad en la valoración de la fragilidad
visual del paisaje afectado.
2: DEFECTOS EN LA VALORACIÓN DE LAS ALTERACIONES QUE SUFRIRÁ
EL MEDIO PAISAJÍSTICO:
En las anteriores alegaciones hemos puesto de manifiesto diversas
y graves deficiencias en lo que se refiere a la descripción
paisajística y a la determinación o valoración
de las cualidades visuales asociadas al entorno de Aguablanca (calidad,
fragilidad, intervisibilidad, frecuentación, valoración
socioeconómica, etc). Por otra parte, en la identificación
y valoración de impactos (capítulo 9) no encontramos
suficientes referencias a la extensión de las afecciones visuales
que conllevan los diferentes elementos del complejo minero, ni estamos
de acuerdo con la reducción que se pretende de la cuenca visual
potencial a la real por efecto del arbolado autóctono (téngase
en cuenta la morfología actual y que se trata de alzados de
hasta 70 metros en terraplenes de escombreras). De esta forma no queda
descrito ni fundamentado en el proyecto la afección visual.
A una deficiente y sesgada descripción del sistema se une una
deficiente y sesgada valoración de las repercusiones que conlleva
el proyecto de Aguablanca sobre el mismo. Vayamos por partes:
No se puede afirmar que el impacto paisajístico es de extensión
puntual cuando los frentes de corta, terraplenes de gran alzado y
muros de contención alcanzan dimensiones de varios kilómetros.
Por la misma razón no se debe aceptar la valoración
de que se trata de un impacto de intensidad moderado, tanto por las
dimensiones de las alteraciones y el contraste morfo-cromático
generable como por que la valoración de las características
visuales previas (calidad, fragilidad) es depreciativa de la realidad.
Es ridículo afirmar que el impacto paisajístico será
reversible. Ciertamente que algunas alteraciones visuales asociadas
al proyecto serán de una especial intensidad en el inicio y
el desarrollo de la operación y luego podrán experimentar
un cierto amortiguamiento; eso de realizarse diligentemente las labores
de revegetación. Pero no se puede decir tranquilamente que
las fuertes alteraciones que sufrirá la morfología del
terreno son reversibles, por que no lo son ni figura corrección
alguna de las mismas en el plan de restauración. Lo falso es
falso y no se puede decir tranquilamente. Y tampoco que va a resultar
fácil el instaurar un proceso adecuado de revegetación,
por que el medio a reforestar (corta, escombrera de material plutónico,
balsas envenenadas,..) y el objetivo a conseguir (instauración
y desarrollo de vegetación similar a la autóctona) son
de extrema dificultad. Sobre una topografía fuertemente e irreversiblemente
alterada, si llegamos a tener la suficientes la suficiente suerte,
llegaremos a tener una revegetación adecuada sólo a
escala de siglos; demasiado tiempo. Pero, con mayor probabilidad,
ni la corta ni las escombreras, ni las envenenadas balsas van a sufrir
en centenares de años la sucesión necesaria. En la provincia
de Huelva hay suficientes pruebas para sostener los que estamos afirmando.
Mas bien, a la hora de verificar una evaluación del impacto
paisajístico tenemos que hablar de repercusiones muy perjudiciales
a corto, medio y largo plazo, dadas las características previas
del entorno ambiental y socio-económico, dada la fuerte intensidad
y extensión de las alteraciones producidas y su persistencia
o su irreversibilidad completa. Si aprobamos este EIA, feas y estériles
escombreras de grandes dimensiones y problemáticas balsas acumuladoras
de sustancias tóxicas nos recordarán que hemos errado
de nuevo. Los daños paisajísticos, tan sólo uno
de los muchos costos ocultos que tendrá que pagar la sociedad
si se autoriza esta explotación minera, serán elevados
y sumarse a sumarse a otros daños ambientales intensos e irrecuperables,
cargando la conciencia de la sociedad con la imagen de la destrucción
ambiente y los recursos de que disponemos.
- Medio Socioeconómico.
En este apartado el proyecto vuelve a ocultar, a maquillar y no profundizar
de manera sospechosa en la realidad social y económica de estos
pueblos, en especial de Monesterio. De este modo pasa a grosso modo
por todos los datos, viéndose claramente que no se ha estudiado
para nada este apartado, con el fin de que luego aparezca el proyecto
de manera positiva. Así no da datos de parados de las poblaciones
y tiende a dar datos regionales ó provinciales. Y no destaca
por ejemplo los bajísimos índices de paro que registra
la población de Monesterio, ni la evolución de este
en los últimos años en las poblaciones. O que una buena
parte de los habitantes de estas poblaciones trabajan en el campo,
en explotaciones dedicadas al engorde del cerdo ibérico de
bellota en dehesas como la que va a destruir la mina. No habla de
la ganadería extensiva que se verá perjudicada por la
mina como la cría de ganado retinto ó la de ganado bravo.
Ni tampoco habla sobre la importancia del cerdo ibérico de
bellota(no da números de la ganadería), ni de los mataderos,
ni de las fábricas de transformación de productos del
Cerdo ibérico, ni de la fama de los jamones de Monesterio y
Jabugo ligadas a estos pueblos y las dehesas, como la que la mina
destruirá. Cuya imagen de tradición y naturalidad, sin
duda alguna se verá afectada con la apertura de esta mina.
Tampoco entra el estudio en el desarrollo del Turismo rural que en
los últimos años tanto se ha potenciado en la zona de
una forma sostenible con el medio ambiente. No da datos de este tipo
el estudio, ni de su evolución en personas dedicadas a este
sector ni de los establecimientos e infraestructuras creadas en los
últimos tiempos.
Destaca también el hecho de que no se hace un análisis
sobre el impacto que el transporte del concentrado de mineral diariamente
a Sevilla ó Huelva, tendrá sobre el ya saturado tráfico
de la N-630, como el aumento de accidentes, atascos, incidencias del
tráfico pesado sobre el firme...
Todo ello para ocultar la incompatibilidad del modelo de desarrollo
socioeconómico de la zona propiciado por una explotación
racional y sostenible de los recursos naturales con la apertura de
una mina a cielo abierto depredadora y contaminadora de los recursos
naturales.
- Patrimonio Cultural.
El proyecto no presenta Cartas Arqueológicas oficiales ni de
la Junta de Extremadura ni de la de Andalucía. No hace mención
ni a estudios ni autores. No enumera el Camino de Santiago que pasa
muy cerca de la explotación, ni los hornos de cal con más
de 2 siglos de antigüedad documentados que existen en la zona
de la mina.
- Valoración del Inventario Ambiental.
Por todo lo expuesto anteriormente y dada las graves irregularidades
puestas de manifiesto creemos oportuno decir y solicitar que sea rechazado
todo el inventario y en consecuencia todo el estudio y sus precipitadas
conclusiones y valoraciones.
- Hidrología Superficial.
Siendo un apartado de gran importancia y relevancia por cuanto quedan
cerca sucesos tan desgraciados como los de Aznalcóllar, tenemos
que expresar nuestra alarma al carecer todo el estudio de un Estudio
Hidrológico riguroso y extenso que de la máxima seguridad
a actividades de riesgo como la del presente proyecto. En especial
de la microcuenca donde se va instalar la denominada balsa de inerte
donde son varios los arroyos tributarios del Río Culebrín
que quedan sepultados cuya capacidad de recogida de aguas se infravalora
y no se estudia en el proyecto.
En cuanto a la calidad de las aguas la empresa se remite a la ley
de aguas de 1985, cuando ya existe legislación europea sobre
esta materia.
- Valoración de los impactos.
No tiene en cuenta ningún plan de emergencia por posibles roturas
de balsas ó filtraciones para detener la contaminación
y neutralizarla. No toda la escombrera tiene medidas de seguridad
en cuanto a las filtraciones. Ni se establece una distancia mínima
de seguridad desde las escombreras e instalaciones hasta los cauces
cercanos, en especial a la Rivera de Cala y al Río Culebrín.
- Calidad sonora.
No realiza un análisis sobre el alcance en Km. a la redonda
que se verá afectado por esta causa. Ni refiere un estudio
de posibilidades de disminuir ó parar las actividades más
molestas en época de reproducción de la fauna.
- Impactos sobre el Medio Biótico.
Cualquier valoración que se hace sobre los impactos sobre el
medio biótico queda claramente descalificado por si mismo puesto
que desde un principio el proyecto ha ocultado el estado real del
sitio afectado. Dando un inventario de fauna y una descripción
de biotopos y vegetación incompleta e irreal. Ni siquiera hace
alusión a las especies migradoras que utilizan esta zona de
forma clara, por cuanto la Rivera de Cala y el Río Culebrín
suponen el paso natural y un corredor ecológico importante
para la fauna terrestre y las aves entre la cuenca del Guadalquivir
y del Guadiana, de forma norte-sur. Y de especies de mamíferos
superiores como el Lince ibérico(Linx pardina) y el lobo(en
espera del restablecimiento de su población de sierra Morena),
utilizarían este corredor natural este-oeste a través
de estas sierras y ríos.
Increíblemente el proyecto se atreve a identificar el hábitat
de esta zona como de ampliamente representado, cuando por su naturaleza
geológica caliza hace que la zona sea una isla caliza rodeada
de zonas silíceas, presentando vegetación con altos
grados de diversidad florística y faunística.
- Valoración Global de Impactos.
Dicha valoración queda desmontada por todo lo anteriormente
dicho, puesto que el proyecto carece de validez totalmente y se ve
claramente indicios de haber querido infravalorar la biodiversidad
de la zona y no analizar la poca necesidad de realizar un proyecto
totalmente incompatible con el desarrollo socioeconómico de
la zona, que ha llevado a que pueblos como Monesterio tengan un bajo
índice de paro(inferior a la media nacional).
La falta de especies comunes y amenazadas en los inventarios tanto
faunístico como florístico, la falta de contraste, la
negación de existencia de Espacios Naturales Protegidos cuando
existen dos de gran importancia como el Parque Natural de Sierra Norte
y Aracena(próximos a ser declarados reserva de la Biosfera)
a pocos metros. La omisión del catálogo extremeño
de especies amenazadas, la falta de referencias a estudios locales(como
el propio Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Tentudía),
o estudios regionales.
El hecho de que no haya tenido en cuenta la destrucción de
la Dehesa como modelo de desarrollo socieconómico sostenible
en el tiempo y ambientalmente, cuando existe en la zona un importante
desarrollo con ganado caprino, cerdos ibéricos, vacas retintas
y ganadería brava; sin cuantificar la pérdida de puestos
de trabajo en este sentido y sin analizar el impacto sobre la imagen
que se comercializa en la zona en cuanto al cerdo ibérico y
la dehesa.
También intenta tapar de forma descarada la disminución
de la calidad de las aguas, cuando claramente ninguna de las medidas
propuestas puede dar seguridad de que no vaya a haber filtraciones
ni lixiviados por las aguas de escorrentía, dada la magnitud
de la mina y las escombreras, y lo accidentado del terreno así
como su hidrología y microcuencas insuficientemente estudiadas.
No presentan tampoco planos donde estén zonificadas y presentes
las diferentes formaciones vegetales y hábitats, ni fotos aéreas,
ni planos en varias escalas y formatos de cual será el resultado
al final de la explotación. Tampoco hace un estudio serio de
los accesos y su impacto, ni siquiera dice cuantas encinas se arrancarán,
ni cual será la velocidad máxima permitida, ni las alternativas
de los trazados...
Invalidan de forma clara cualquier conclusión y valoración
sobre el referente Estudio de Impacto Ambiental sobre la mina de Aguablanca,
que debe ser rechazado totalmente y a la vista de lo contenido en
las presentes alegaciones declarar en todo caso este impacto como
Crítico.
- Prevención y Corrección de Impactos.
Aún cuando claramente el impacto del presente proyecto es inaceptable
y debe considerarse como crítico, en la forma y modelo elegido
para la explotación. Y por tanto cualquier medida de prevención
y corrección de impactos debe pasar por otras alternativa ó
modelo de explotación como el subterráneo. Queremos
dejar claras las insuficiencias del presente proyecto y alegar el
hecho de que no haya medidas básicas como:
Control de ruido: realizar paradas de producción en los períodos
reproductivos.
- Evaluar la influencia en el crecimiento de la vegetación
restaurada de los elementos metálicos puestos a disposición
tras los movimientos de tierras que supone la apertura de una mina.
- Hacer análisis de suelos y realizar enmiendas en los terrenos
a restaurar, así como aportes de compost para mejorar la calidad
del suelo.
- Limitar la velocidad de los vehículos tanto en accesos como
en instalaciones a 40 km/h. para así evitar atropellos y levantamiento
de polvo.
- Creación de pasos para fauna por lugares adecuados como vaguadas-arroyos
pequeños...
- Realizar un Estudio de Impacto Ambiental particular y específico
tanto para la construcción de los accesos a la mina como para
la balsa de agua fresca.
- Realizar un estudio pormenorizado sobre todos los árboles
y arbolillos afectados por todas las instalaciones, cuantificando
el número que va a ser destruido y estudiar su trasplante,
así como sembrar en número de 5 a 1 en la restauración.
- Imponer distancias de seguridad de más de 1000 mtrs desde
las escombreras, balsas y otras instalaciones a los cursos fluviales
principales como el Río Culebrín y la Rivera de Cala.
- Creación de un Plan arqueológico con catas y otras
actividades, así como vigilancia arqueológica contratando
a una empresa independiente. Traslado ó protección de
los dos hornos de cal documentados a principios de 1800.
- En cuanto a la corta estudiar una disminución en la profundidad
y extensión que hagan que haya una optimización entre
el aprovechamiento de mineral y el impacto en tiempo y extensión
de escombreras, renunciando a extraer todo el mineral. Disminuyendo
así toda la superficie afectada. Estudiar realizar el tratamiento
en otra zona menos crítica.
- Rellenar parte de la corta al final de la explotación, disminuyendo
la profundidad del agujero que queda, así como la pendiente
y la cantidad de escomberas en el exterior de la corta.
- Tapado de la balsa de inertes y proceder a un reciclaje de los lodos.
- Remodelar el paisaje dejado por las escombreras ateniéndose
a modelos de diversidad biológica, ecológica... y no
simplificándolo mediante simples repoblaciones; hay que tener
en cuenta que no sólo se restaura la cubierta vegetal sino
los hábitats. Por tanto diseño de huecos para murciélagos,
cuevas, vivares de conejos...
- Atenerse en cuanto a los vallados a la legislación autonómica,
en concreto a la modificación de la ley de caza del año
2002.
- Crear un programa de vigilancia ambiental informatizado y permanente
sobre factores básicos como el agua, el aire, el ruido, estabilidad
del terreno(en especial los muros de las balsas), con medidores automáticos
que estén continuamente realizando mediciones. Así como
tener previstas las acciones a realizar en caso de accidente para
así paliar cualquier desastre.
- Aumentar el presupuesto de ejecución material de las medidas
correctoras para 10
años que asciende a escasos 40 millones de ptas, es decir,
no llega a los 4 millones al año. Cantidad que consideramos
ridícula dado el grave impacto que creará en la zona.
Alegaciones al Plan de Restauración.
En primer lugar tenemos que decir que para nuestro entender una
empresa con una corta vida en temas mineros, escasamente ocho años
de funcionamiento, no nos da una imagen de seguridad en estos asuntos
y ni mucho menos cuando el capital financiero de la empresa no está
nada claro, cotizando en la bolsa de Canadá y con accionistas,
al parecer, principalmente Americanos. Lo cual induce una cierta inseguridad
en caso de accidente, desastre ambiental ó incumplimiento de
las medidas de restauración ó correctoras. Por ello
nuestra primera alegación va en el sentido de solicitar una
fianza anterior al comienzo de los trabajos de apertura de la mina,
por una cantidad superior ó igual a la de restauración
de la mina.
- En cuanto a la superficie que estima el proyecto para restaurar
que propone el plan de restauración y que asciende a 262,66
Ha, consideramos que es inferior a la que realmente se verá
afectada y que por tanto disminuye intencionadamente la zona a restaurar.
No tiene en cuenta las pistas de acceso a las instalaciones desde
la N-630 y el camino del Real de la Jara. Ni la construcción
del pantano de agua fresca. Las balsas de decantación de lixiviados.
La posible ampliación de las escombreras.
- En cuanto al esquema que sigue el proyecto de restauración,
claramente se siguen las de la alternativa 3, cuando claramente el
proyecto elige la alternativa 4. Hecho que se puede ver claramente
cuando nombra las escombreras como este ó oeste y no 1,2,3,4...
como se ve claramente en el plano de la alternativa 4. También
podemos observar como vuelve a aparecer el canal de desvío
del río Culebrín cuando claramente en la alternativa
elegida(la 4), este canal desaparece. Este error es grave, por cuanto
en general todo el proyecto de restauración se ha basado en
una altenativa no elegida. Lo cual creemos que es motivo suficiente
como para que se rechaze este proyecto y vuelva a ser diseñado
contemplando las instalaciones y superficies reales que ofrece la
alternativa 4. Inclusive el plano de la restauración que presenta
está realizado sobre el proyecto de la alternativa que no ha
sido elegida, algo por lo cual ya debe ser rechazado dicho plan.
- En cuanto a crear una vía verde tenemos que decir lo siguiente:
en primer lugar que si quiere restaurar algo, esta sea la Vía
Pecuaria Cordel de Almadén a Sevilla que va a destruir en más
de 3 Km. Y que si quiere aportar algo al patrimonio extremeño
sufrague los gastos del deslinde, amojonamiento y puesta en valor
del total de este Cordel, desde Monesterio al Real de la Jara siendo
compatible para su uso de senderismo. Y por lo tanto no realice un
sendero nuevo sin atenerse a las normas de las federaciones de montañismo
y senderismo, sin evaluar su impacto, sin tener en cuenta lo sensible
del lugar una vez restaurado, sin tener claro como se realizará
su mantenimiento, sin utilizar señalización homologada...
- También tenemos que decir en cuanto a la restauración
que el proyecto debe contemplar:
* Riegos de emergencia de las plantas sembradas durante el verano.
* Realizar alcorques en todas las plantas para recogida de pluviales.
* Asegurar la financiación del vivero y las plantas a utilizar,
y no que este a expensas de encontrar financiación externa.
* Se debe evitar cualquier presión humana sobre la zona restaurada.
* Cualquier señalización debe tener de referente la
homologada de la Junta de Extremadura.
* Realización de análisis de los suelos anteriormente
al comienzo de las plantaciones forestales, realizando enmiendas,
aporte de compost y sobre todo de suelo original del lugar.
* Todos los vallados que se pongan deberán atenerse a la legislación
extremeña, deben llevar su estudio de impacto ambiental, no
presentar alambres de espino, y las medidas son las que marca la ley.
- Del mismo modo no entendemos como no se baraja la posibilidad de
rellenar parte del hueco de la corta, con los escombros sacados en
los dos últimos años, lo que reduciría la superficie
de las escombreras, así como el desnivel del hueco de la corta.
L
- Tampoco contempla la siembra de arbustos con cepellón y deja
parte de la restauración con hidrosiembra de arbustos, lo cual
no da seguridad de una pronta recuperación de la masa arbustiva
y menos en un medio hostil como las escombreras y a expensas del clima
de la zona.
- En cuanto a las especies a utilizar en la restauración, creemos
que son insuficientes tanto en número como en especies, así
mismo no zonifica las especies según el tipo de suelo y la
orientación de la zona(umbría-solana). Faltan especies
como el acebuche, la coscoja, el quejigo, la cornicabra, el lentisco,
el aladierno(Rhamnus lycioides y alaternus), jaras, madroños...
y en las zonas de ribera: Tamujo, fresnos, álamos, lirios,sauces...
- También hemos de referirnos cuando habla del área
5(página 15), que no comprendemos que se hable de una planificación
de 30 años para la explotación cuando su vida útil
es de 11 años. Tampoco entendemos como se puede dejar esta
área que realmente supone más de 100 hectáreas
que incluye la balsa de estériles, depósito de pluviales
y la zona de descarga para regeneración natural. Contabilizando
como ya habíamos dicho menos hectáreas de restauración
de las que realmente hay. Así mismo creemos que dejar esta
zona para regeneración natural como se habla en el cuadro de
la página 11, es una omisión del deber de restauración.
- En cuanto al área 6, volvemos a encontrarnos otro gran error
como es de poner de nuevo el canal de desvío, cuando la alternativa
elegida no contempla este canal pero si otras instalaciones como el
embalse de agua fresca.
Por tanto y en general el proyecto de restauración es incongruente
y presenta graves errores, hecho por lo cual debe ser rechazado el
proyecto. Así mismo no queda claro a partir de que año
en que se comience la explotación comenzará la restauración
paulatina. Ni siquiera queda claro de que esta restauración
vaya a ser paulatina, a medida que se produzca la explotación,
ni el año de finalización de la restauración.
Tampoco presenta planos en planta, perfil, alzado y en 3 dimensiones
de cómo quedará el lugar tras la restauración.
Finalmente hay que decir que el tratamiento realizado al proyecto
es excesivamente simple y que más bien parece el proyecto de
un cultivo de árboles, en vez de querer recrear de nuevo un
ecosistema destruido y sus hábitats. No pone en práctica
métodos y técnicas ya utilizados, ni se basa en objetivos
biológicos de biodiversidad. Como el hecho de hacer las calles
de plantación en curvas y no rectas, incluso en círculos
que darían más un efecto de bosque. Diseño de
oquedades para murciélagos, pequeños mamíferos,
intercalar zonas de restauración de pequeños pastizales
con matorral, puntos de agua diseñados para anfibios, vivares
de conejos y repoblación y suelta de conejos vacunados como
elemento de restauración de la cadena trófica básica
del ecosistema mediterráneo...
Por todo ello solicito que sean admitidas las anteriores alegaciones
y que por tanto sea rechazado el estudio de impacto ambiental y la
restauración de la Mina de Aguablanca de Monesterio(Badajoz)
presentado por la empresa norcontrol SOLUZIONA para Río Narcea
Gold Mines Recursos S.A.. Y se considere además por su valor
ambiental este tipo de instalación en la zona como de Impacto
Ambiental Crítico, no autorizándose la explotación.
Firma el presente documento en nombre de la Asociación y en
el suyo propio:
En _____________ a ______ de _____ de 2002
Fdo.: _________________________